ACCID Nº 02/2025

Ene 29, 2025ACCID

Novedades informativas

Nacionales

  • Nuevas medidas tributarias. [+Info]

La disposición final decimocuarta de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (BOE de 03/01/2025), modifica con efectos desde el 3 de abril del 2025 diversos artículos de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En resumen,

    • Se modifica la exención para las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales prevista en el primer párrafo de la letra d) del artículo 7 de la Ley del IRPF para dar cabida a otras indemnizaciones.
    • Se modifica la letra e) del artículo 7 de la Ley del IRPF, relativa a la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, con una finalidad meramente aclaratoria.
    • Por último, se da nueva redacción a la letra k) del artículo 7 de la Ley del Impuesto con la finalidad de eliminar cualquier duda sobre la aplicación de esta exención a las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de convenio regulador.
  • Orden Ministerial de modificación de declaraciones censales. [+Info]

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 9 de enero la Orden HAC/1526/2024. Esta Orden tiene por objeto introducir modificaciones en el modelo 030 de Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales y en el modelo 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, así como suprimir el modelo 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

  • Principales novedades fiscales de la Ley 7/2024. [Info]

 El BOE del día 21 de diciembre de 2024 publicó la Ley 7/2024 por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.

  • Mutualistas: solicitudes de devolución

Queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024. [+Info]

Internacionales

  • Actualización del informe sobre el estado de aprobación de EFRAG (Consejo Asesor Europeo de Información Financiera). [+Info]

El Comité de Regulación Contable (CRC) votó mediante procedimiento escrito a favor de las Enmiendas a la Clasificación y Medición de Instrumentos Financieros (Enmiendas a las NIIF 9 y NIIF 7). Como resultado, EFRAG ha actualizado el informe sobre el estado de aprobación de EFRAG.

  • Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad.

 Ya está disponible la agenda y los documentos de la reunión del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad de enero de 2025. [+Info]

  • FASB (Consejo de Normas de Contabilidad Financiera)

El Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) publicó el pasado 6 de enero, una Actualización de Normas de Contabilidad que aclara para las entidades que no tienen un año calendario de fin de año la fecha de vigencia provisional de la Actualización de Normas de Contabilidad N.º 2024-03, Estado de resultados: Informe de ingresos integrales: Divulgación de desagregación de gastos (Subtema 220-40): Desagregación de gastos del estado de resultados. [+Info]

Consulta de interés de la Agencia Tributaria

  •  Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas

El consultante indica que es residente fiscal en España y que trabaja para una empresa extranjera, mediante contrato mercantil. Añade que el país donde presta sus servicios tiene un impuesto similar al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ((IRPF) y no es paraíso fiscal. Desea saber si le resulta de aplicación la exención regulada en el artículo 7 p) (estarán exentos los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con determinados siguientes requisitos) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Consulta vinculante de la Dirección General de Tributos nº V1794-24. [+Info]

 

 

Barcelona, 31 de enero de 2025.

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