Nº 14/ Nueva campaña de la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria española ha iniciado una campaña informativa, con la que se pretende revisar los criterios empleados por las empresas en la imputación de la retribución en especie por cesión del uso de vehículos a los trabajadores para su uso particular, en el Impuesto sobre la Renta.
En estas cartas, se destaca el artículo 42 de la Ley del IRPF que establece: “constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda”.
Este hecho afecta al empleado o al directivo que recibe la renta en especie, que debe tributar en el Impuesto sobre la Renta y en sus empresas que no pueden deducirse el gasto.
Esto sin mencionar la deducibilidad del IVA soportado del que existe la presunción legal del 50% de deducción, ampliable en función de la prueba hasta el 100%.
Esta misiva, enviada de forma masiva, forma parte de una “campaña de información” amparada en el Plan de Control Tributario para 2022 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 31 de enero de este año.
Finalmente, esta carta informativa cambia su tono al recordar que en caso de que las inconsistencias persistan, podrá dar lugar a los procedimientos de control tributario que sean necesarios.
Le aconsejamos encarecidamente a anticiparse ante una posible intervención por parte de la AEAT y como cada caso es diferente, será bueno que analicemos juntos todas las circunstancias de su empresa y valoremos el impacto económico que supone en los diferentes impuestos que puedan intervenir.
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