Multas IRPF / segundo pago

Oct 10, 2023Notas Informativas

 

El lunes, 6 de noviembre de 2023, finaliza el plazo para presentar la segunda parte del pago dela Declaración de la Renta, para los contribuyentes a los que su declaración salió positiva (a pagar) y cuya cuantía supone el 40% de la cantidad resultante de la declaración.

Si se optó, en su momento por la domiciliación bancaria en el momento de presentar la declaración, una vez efectuado el pago, la entidad bancaria emitirá un justificante de pago.

Otra forma de realizar el pago es a través de modelo 102 de la Agencia Tributaria.

La multa de Hacienda por no pagar lo debido en el segundo pago de la declaración de la Renta tendrá un carácter leve y consistirá en una cuantía de 200 euros

Si se realiza el pago antes de recibir cualquier requerimiento por parte de la Agencia Tributaria, se le aplicará un recargo del 5% sobre el importe adeudado. En el caso de recibir un aviso por carta de la Agencia Tributaria y realizar el pago dentro del período establecido, el recargo se duplica al 10%.

Si, a pesar de los avisos y requerimientos, el pago sigue pendiente, la sanción aumenta al 20% sobre la deuda. Además, se generará otra cantidad adicional a pagar llamada “interés de demora,” que equivale al 3,75% del total adeudado.

Los recargos aumentarán dependiendo de cuánto tiempo haya pasado desde el final de la campaña de declaración de impuestos.

Hay que tener en cuenta que la administración también advierte de las multas por no tener el domicilio fiscal actualizado y que debemos tener en cuenta. En el caso de que el contribuyente haya cambiado de domicilio fiscal, debe comunicarlo y actualizarlo con la nueva dirección a la Agencia Tributaria. De no estar actualizado, Hacienda puede imponer una sanción de hasta 100 euros.

 

 

 

 

 

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