Newsletter de novedades contables en colaboración con ACCID. Núm 22/2022

Dic 2, 2022Colaboraciones, Notas Informativas

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NOVEDADES CONTABLES

 

Nacionales


Resolución de 10 de noviembre de 2022, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público de la hacienda pública estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros

 

Se anularán y darán de baja en contabilidad todas aquellas liquidaciones practicadas por:

a) La Agencia Tributaria.

b) La Administración General del Estado cuya gestión recaudatoria en período ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria

c) Organismos Autónomos cuya gestión recaudatoria en período ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria

De las que resulte una deuda pendiente de recaudar en período ejecutivo inferior a tres euros a 1 de junio de 2022.

«BOE» núm. 274, de 15 de noviembre de 2022.

Enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-18793

 

Internacionales

 

CPA. Auditoría de un minero de criptoactivos

 

A medida que el mercado de criptoactivos continúa expandiéndose, han destacado los desafíos para los auditores a la hora de obtener garantías sobre esta compleja clase de activos. Los auditores están explorando diferentes formas de responder a los riesgos asociados con los criptoactivos, incluso cuando se trata de auditar los ingresos de la minería de criptoactivos. Un desafío en el mercado actual es la brecha entre lo que esperan los mineros de criptoactivos cuando se someten a una auditoría de estados financieros y las responsabilidades de los auditores para cumplir con los estándares de auditoría canadienses. Por este motivo, y para impulsar una mayor consistencia en la práctica, recientemente publicamos un documento de Viewpoints, Auditing Mining Revenue of Entged in Crypto-Asset Mining, específicamente relacionado con la minería de prueba de trabajo.

Enlace: https://www.cpacanada.ca/en/business-and-accounting-resources/audit-and-assurance/blog/2022/november/crypto-asset-mining-auditor-considerations?sc_camp=D21BB9E40E9F49E2BDD589CE6F34819C

 

CONSULTAS DEL PROGRAMA INFORMA DE LA AEAT

 


Una entidad va a desarrollar una producción cinematográfica en los ejercicios 2021 y 2022, el certificado de nacionalidad será emitido en 2023.

¿Podría formalizarse un contrato de financiación en 2022 e incluir en el mismo tanto la deducción generada y no aplicada en 2021 como la generada en el ejercicio 2022, efectuando el desembolso en ese último año?

 

En consecuencia, en la medida en que se cumpla lo señalado en los párrafos anteriores, el productor podrá traspasar al financiador la deducción que haya generado en el ejercicio 2022, desde la fecha de suscripción del contrato de financiación, por los desembolsos realizados por el financiador destinados por el productor a sufragar costes de producción desde dicha fecha hasta la obtención del certificado de nacionalidad, y siempre con el límite resultante de multiplicar por 1,20 el importe de las cantidades desembolsadas por el financiador.

Consulta AEAT programa INFORMA. Nº 146069.

Enlace: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=X&CODIGO=0146069

 

Una entidad ha aplicado la reducción por reserva de capitalización en 2018, 2019 y 2020. Está previsto que el resultado de la entidad en los ejercicios 2021 a 2024, ambos inclusive, sea de cero euros. A efectos de cumplir con el requisito de mantenimiento del incremento de los fondos propios para consolidar las reducciones por reserva de capitalización acumuladas, ¿es posible repartir antes de esa fecha las reservas acumuladas a inicio del ejercicio 2018?

 

En el presente caso, en alguno de los ejercicios correspondientes al periodo de mantenimiento de 5 años, se produce una disminución de la partida de reservas voluntarias existente al inicio del ejercicio 2018 como consecuencia de la distribución de dividendos con cargo a las mismas.

Por tanto, dicho cargo en reservas supondrá un menor importe de los fondos propios al cierre del ejercicio en que se produzca a efectos de determinar el cumplimiento del requisito de mantenimiento del incremento de los fondos propios respecto de las reducciones practicadas en los ejercicios 2018, 2019 y 2020.

Consulta AEAT programa INFORMA. Nº 146077.


Enlace: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=X&CODIGO=0146077



Barcelona, 2 de diciembre de 2022

 

 

 



 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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