Se aproxima el momento de pasar cuentas con la Agencia Tributaria, y presentar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en su caso, del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes a 2018.
Las novedades más destacadas que se desprenden de la aprobación del modelo de la declaración de renta son:
Para poder acceder a los datos fiscales de aquellas personas que tengan un documento nacional de identidad con VALIDEZ PERMANENTE, se necesitará informar de la fecha de expedición.
En el resto de supuestos, será suficiente con la fecha de caducidad. En cualquier caso, también deberemos tener a mano la casilla 475 de la declaración de renta de 2017 para los declarantes, o el IBAN de una cuenta bancaria española para los no declarantes.
- En los rendimientos de capital inmobiliario, derivados del arrendamiento de bienes inmuebles, deberemos informar por separado del NIF de cada arrendatario.
- En los rendimientos de actividades económicas calculados de acuerdo al método de estimación directa, se añaden dos casillas para informar específicamente, de los gastos fiscalmente deducibles por suministros, cuando la vivienda habitual este parcialmente afecta a la actividad económica, y de los gastos de manutención del propio contribuyente, incurridos en el desarrollo de la actividad económica.
- Otra de las novedades destacadas de esta nueva campaña es la deducibilidad de los gastos de guardería. Las mujeres con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y estén dadas de alta en el régimen corres- pendiente de la Seguridad Social o mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial de su IRPF hasta en 1.000 euros anuales si satisfacen gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. En el año en que el hijo menor cumpla tres años, podrán aplicar la deducción respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.
Y las novedades más importantes que se desprenden de la aprobación del modelo de la declaración de patrimonio son:
- Se deberá indicar el criterio utilizado para determinar el valor de los bienes inmuebles y, en el caso de las participaciones sociales que se declaren exentas por actividad económica, será necesario informar del porcentaje de participación individual y del familiar.
Todas estas novedades redundan en el objetivo primordial de incrementar el control de la Agencia Tributaria sobre las magnitudes declaradas, por lo que es fundamental el asesoramiento de un experto fiscal para una óptima cumplimentación.