COMO OPTIMIZAR LA PRÓXIMA DECLARACIÓN DE RENTA
Antes de acabar este año 2024, aún está a tiempo de intentar pagar menos en la próxima declaración de renta. ¿Qué puede hacer?
- Compensaciones de rendimientos negativos pendientes: verifique si tiene alguna compensación pendiente de aplicar de años anteriores, y valore la idoneidad de realizar beneficios reduciendo tributación.
- Vivienda: si obtiene rendimientos por el arrendamiento de un inmueble, puede ser un buen momento para realizar aquellas obras que tiene previstas, y así reducir el rendimiento tributable.
También es un buen momento para realizar obras para mejorar la eficiencia energética de su vivienda habitual o de aquella que tenga arrendada. En ese caso, la normativa exige complementarlas antes de final de año para aplicar las deducciones previstas (entre el 20 y el 60% dependiendo del tipo de obra).
- Compra de vehículo eléctrico: si está pensando en adquirir un coche eléctrico nuevo para uso particular, le conviene saber que la deducción vigente (15% del valor de adquisición o cantidad entregada a cuenta, con una base máxima de 20.000€) finaliza el 31 de diciembre. La instalación de la batería de recarga también puede dar derecho a una deducción en las mismas condiciones, pero sobre una base máxima de 4.000€.
- Donativos a entidades sin fines lucrativos: este tipo de donativos suponen una deducción del 80% sobre los primeros 250€, y del 40% al exceso, y es siempre aconsejable que las entidades perceptoras emitan el correspondiente certificado.
- Ganancias patrimoniales y rendimientos de capital mobiliario: si le es de aplicación el tramo de escala máximo (a partir de 300.000€), sepa que existe un proyecto que incrementaría el tipo actual del 28% al 30% a partir de 2025.
- Aportación a planes de pensiones: los contribuyentes pueden aportar a un plan de pensiones hasta 1.500€/año (incrementables en 8.500€/año si la aportación la materializa su empleador). No hay que olvidar que existe la posibilidad de aportar hasta 1.000€ anuales en el plan de pensiones de la pareja (siempre que ésta obtenga rendimientos inferiores a los 8.000€ anuales).
- Deducción por inversión en empresas de nueva creación: las inversiones que se realicen antes de final de año en empresas de nueva o reciente creación pudieran deducir el 50% de las cantidades pagadas por la suscripción de acciones o participaciones, sobre una base máxima de 100.000€. Cabe considerar que existen unos requisitos específicos de obligado cumplimiento.