
Las juntas de socios se podrán celebrar a distancia
La disposición final cuarta del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, ha modificado el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, con el objetivo de ampliar hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia temporal de las medidas referentes a la celebración de reuniones y la adopción de acuerdos por parte de los órganos de administración y las juntas de socios de las sociedades mercantiles.