Nº 19 /Obligaciones fiscales, julio 2022.
A continuación, resumimos las obligaciones fiscales del mes de julio.
Este calendario aparece ordenado por impuestos, no por fecha de presentación.
Intrastat
- Mes de junio. Hasta el 12 de julio.
Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 136, 210, 216, 230
Declaraciones con domiciliación bancaria
- Empresas periodicidad mensual. Mes de junio. Hasta el 15 de julio.
- Empresas periodicidad trimestral. Segundo trimestre. Hasta el 15 de julio.
Declaraciones sin domiciliación bancaria
- Empresas periodicidad mensual. Mes de junio. Hasta el 20 de julio.
- Empresas periodicidad trimestral. Segundo trimestre. Hasta el 20 de julio.
Pagos fraccionados. Renta
Declaraciones con domiciliación bancaria
- Modelos 130 y 131. Segundo trimestre. Hasta el 15 de julio.
Declaraciones sin domiciliación bancaria
- Modelos 130 y 131. Segundo trimestre. Hasta el 20 de julio.
Impuesto Valor Añadido
Declaraciones con domiciliación bancaria
- Empresas periodicidad mensual. Mes de junio. Hasta el 27 de julio.
- Empresas periodicidad trimestral. Segundo trimestre. Hasta el 15 de julio.
Declaraciones sin domiciliación bancaria
- Empresas periodicidad mensual. Mes de junio. Hasta el 1 de agosto.
- Empresas periodicidad trimestral. Segundo trimestre. Hasta el 20 de julio.
- Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349). Todos. Hasta el 20 de julio.
- Declaración-liquidación no periódica (Modelo 309). Hasta el 20 de julio.
- Solicitud de devolución del Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales (Modelo 308). Hasta el 20 de julio.
- Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (Modelo 341). Hasta el 20 de julio.
- Operaciones asimiladas a las importaciones (Modelo 380). Segundo trimestre. Hasta el 20 de julio.
- Operaciones asimiladas a las importaciones (Modelo 380). Mes de junio. Hasta el 1 de agosto.
- Ventanilla única. Mes de Junio. Régimen Importación (Modelo 369). Hasta el 1 de agosto.
- Ventanilla única. Mes de Junio. Regímenes Exterior y de la Unión (Modelo 369). Hasta el 1 de agosto.
Impuestos sobre las Primas de Seguros
- Mes de junio (Modelo 430). Hasta el 20 de julio.
Impuestos Especiales de Fabricación
- Hasta el 20 de julio.
Impuesto Especial sobre la Electricidad
- Grandes empresas. Mes de junio. Hasta el 20 de julio.
- Declaración Segundo trimestre. Hasta el 20 de julio.
Impuestos Medioambientales
- Segundo trimestre (Modelo 585). Hasta el 20 de julio.
Impuesto Especial sobre el Carbón
- Segundo trimestre (Modelo 595). Hasta el 20 de julio.
Impuesto sobre las Transacciones Financieras
- Mes de junio (Modelo 604). Hasta el 20 de julio.
Impuesto sobre determinados servicios digitales
- Segundo Trimestre (Modelo 490). Hasta el 1 de agosto.
Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
- Segundo Trimestre (Modelo 179). Hasta el 1 de agosto.
Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables
- Segundo Trimestre (Modelo 235). Hasta el 1 de agosto.
Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)
Declaraciones con domiciliación bancaria
- Declaración anual (Modelos 200, 206, 220). Hasta el 20 de julio.
Declaraciones sin domiciliación bancaria
- Declaración anual (Modelos 200, 206, 220). Hasta el 25 de julio.
Depósito de Cuentas Anuales al Registro Mercantil
- Las sociedades y empresarios que en virtud de las disposiciones legales estén obligadas a depositar cuentas en el Registro deberán hacerlo dentro del mes siguiente a su aprobación por la Junta General.
El cómputo se calculará conforme a la Resolución de la DGSJFP de 5 junio de 2020. El día final para depositar las cuentas anuales será el ultimo día del mes siguiente a su aprobación. Si el 31 de julio fuere festivo, dentro del siguiente día hábil.
De esta manera, para las sociedades, cuyo ejercicio social coincide con el año natural, el plazo para el depósito de las cuentas anuales del ejercicio 2021, finaliza el día 1 de agosto.