ACCID Nº 16/2026

Sep 1, 2026ACCID

Novedades informativas

 

Nacionales

  • Registro contable de la compraventa privada de un terreno urbano condicionada a la inscripción del proyecto de compensación. [+Info]

 La consulta aborda el tratamiento contable de una compraventa de terreno urbano formalizada mediante contrato privado, en la que la sociedad vendedora ha percibido anticipadamente el 50% del precio, pero la transmisión efectiva del inmueble queda supeditada a la inscripción registral de un proyecto de compensación y al posterior otorgamiento de escritura pública. Al no haberse producido todavía dichos hechos ni la liquidación de los impuestos correspondientes, se plantea si procede dar de baja el terreno y reconocer el resultado de la operación o si, por el contrario, el importe recibido debe registrarse como un anticipo, manteniendo el inmueble en el activo hasta que se perfeccione la transmisión.

Número BOICAC 146/ junio 2026-1

  • El ICAC concreta cómo calcular el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales. [+Info]

La consulta aborda distintas cuestiones relativas al cálculo del periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, en particular la fecha desde la que debe iniciarse el cómputo de los días, el tratamiento de los pagos fraccionados, los efectos de los aplazamientos pactados con proveedores y la forma de considerar las facturas de ejercicios anteriores pagadas en el ejercicio actual. El ICAC recuerda que, con carácter general, el plazo debe computarse desde la recepción de las mercancías o la prestación de los servicios, que los pagos parciales deben medirse y ponderarse individualmente por el importe efectivamente satisfecho y que, si el pago se realiza dentro del plazo pactado y legalmente permitido, no existe mora. También precisa que las facturas de ejercicios anteriores satisfechas en el ejercicio actual deben computarse hasta la fecha de pago material, pudiendo incluirse en la memoria información adicional cuando existan circunstancias que distorsionen el resultado obtenido.

Número BOICAC 146/ junio 2026-2

  •  El ICAC concreta la publicación del informe sobre el Impuesto sobre Sociedades de la DA 11ª de la LAC por filiales y sucursales de grupos extranjeros. [+Info]

 La consulta aborda la obligación de publicación del informe sobre el Impuesto sobre Sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga regulado en la disposición adicional undécima de la Ley de Auditoría de Cuentas, en supuestos en los que existen varias filiales españolas de un mismo grupo extranjero o varias sucursales en España de una misma empresa extranjera que, en principio, podrían estar obligadas a informar. En particular, se plantea si la obligación debe cumplirse individualmente por cada una de ellas o si puede centralizarse en una sola entidad designada por el grupo o por la empresa extranjera, siempre que el informe cubra la información exigida y resulte accesible. Asimismo, la consulta examina si las restantes filiales o sucursales deben identificar a la entidad encargada de cumplir la obligación y qué ocurre cuando las entidades afectadas están situadas en distintos Estados miembros de la Unión Europea con plazos de publicación diferentes.

Número BOICAC 146/ junio 2026-3

  • Imputación temporal de ingresos y gastos en servicios de software y mantenimiento. [Info]

La consulta aborda la imputación temporal de ingresos y gastos de una entidad dedicada a la oferta y distribución de software, hardware y accesorios, cuyo ejercicio contable no coincide con el año natural. En particular, se describen operaciones relacionadas con el arrendamiento de licencias de software y servicios de mantenimiento, tanto en adquisiciones intracomunitarias con su matriz como en prestaciones de servicios a terceros, que pueden tener duración mensual, anual o plurianual. El ICAC recuerda que el registro contable debe atender al fondo económico de las operaciones y al principio de devengo, debiendo analizarse, además, si la entidad actúa por cuenta propia o por cuenta ajena, ya que de ello dependerá el reconocimiento de los ingresos por el importe bruto de la contraprestación o únicamente por el pago o comisión que corresponda.

Número BOICAC 146 / junio 2026-4

 

Barcelona 1 de septiembre de 2026.

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