ACCID Nº 21/2025

Nov 10, 2025ACCID

 

 

Novedades informativas

 

Nacionales

  • Ingresos derivados de la cesión de los derechos de ahorro energético en el marco del sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). [+Info]

Para dar respuesta a la consulta planteada, es preciso examinar inicialmente el marco jurídico que regula los Certificados de Ahorro Energético (CAE) y su transmisión. El artículo 69 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, establece la creación del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE), en el que los sujetos obligados son las empresas comercializadoras de gas y electricidad, así como los operadores mayoristas de productos petrolíferos y de gases licuados del petróleo.

Número BOICAC 143 / Octubre 2025-1

  • Abono de remuneraciones excepcionales a determinados empleados. [+Info]

La cuestión planteada aborda el tratamiento contable de diversas remuneraciones abonadas por la sociedad consultante: un bonus extraordinario destinado a determinados empleados, una retribución variable adicional para un directivo y una compensación asociada al cumplimiento de los objetivos establecidos por los accionistas, percibida por el presidente y el consejero delegado. El análisis se centra, de forma particular, en la determinación del momento de su devengo.

Número BOICAC 143 / Octubre 2025-2

  • Tratamiento contable de la adquisición de acciones propias por parte de una sociedad de profesionales a uno de los socios. Se incluye una cláusula de no competencia. [+Info]

La consulta se refiere a una sociedad profesional que adquiere el 25% de las acciones pertenecientes a uno de sus socios, en un contexto de libre transmisión de participaciones. El precio de adquisición incorpora una cláusula de no competencia respecto a una cartera de clientes determinada, con una vigencia de tres años.

Número BOICAC 143 / Octubre 2025-3

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) soportado y no deducible en las cuotas correspondientes a contratos de arrendamiento financiero. [+Info]

La cuestión planteada se centra en determinar si sigue siendo aplicable el tratamiento contable previsto en la Resolución de 21 de enero de 1992 del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), relativa a las normas de valoración del inmovilizado inmaterial. En concreto, la norma octava, referida al arrendamiento financiero, dispone en su punto 5 que el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a dichas operaciones deberá registrarse únicamente por el importe devengado fiscalmente, sin que proceda aumentar la deuda con la entidad de crédito por la parte restante.

Número BOICAC 143 / Octubre 2025-4

  • Revista “Actualidad Fiscal y Económica” de Morera Asesores. [+Info]
  • Declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finaliza en noviembre de 2025. [+Info]

 

Internacionales

  • Actualización del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) de octubre de 2025 y disponibilidad de nuevos podcasts informativos. [+Info]

 

Barcelona, 10 de noviembre de 2025.

Noticias relacionadas

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.