Calendario del Contribuyente. Julio de 2019.

Jul 3, 2019Calendario, I.R.P.F. Renta, I.V.A., Notas Informativas

calendario

Nº 17 / Julio 2019

Hasta el 1 de julio. Empresas con periodicidad mensual

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  • Año 2018. Modelo: D-100.

Impuesto sobre el Patrimonio

  • Año 2018. Modelo: D-714.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Mes de mayo. Modelos: 303, 322 y 353.

Hasta el 12 de Julio

  • Intrastat. Declaración del mes de junio.

Hasta el 17 de Julio

Autoliquidaciones con domiciliación bancaria

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Mes de junio. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230, 430.
  • Segundo trimestre. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216.
  • Pagos fraccionados Renta:
    Segundo trimestre. Estimación directa. Modelo 130.
    Segundo trimestre. Estimación objetiva. Modelo 131.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Segundo trimestre. Modelo: 303.

Hasta el 20 de Julio (siendo sábado, no pasa al lunes)

Autoliquidaciones con domiciliación bancaria

Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)

  • Declaración anual 2018. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural. Modelos: 200, 206, 220 y 221.
    Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Hasta el 22 de Julio. Empresas con periodicidad mensual

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Mes de junio. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.
  • Segundo trimestre. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216.
  • Pagos fraccionados Renta:
    Segundo trimestre. Estimación directa. Modelo 130.
    Segundo trimestre. Estimación objetiva. Modelo 131.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Mes de junio. Modelos: 349, 380.
  • Segundo trimestre. Modelos: 303, 309, 349, 368, 380.
  • Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Modelo: 308.
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Modelo: 341.

Impuesto sobre las Primas de Seguros

  • Mes de junio. Modelo: 430.

Impuestos Especiales de Fabricación

  • Mes de abril. Grandes empresas. Modelos: 553, 554, 555, 556, 557, 558.
  • Mes de abril. Grandes empresas. Modelos: 561, 562, 563.
  • Mes de junio. Modelos: 548, 566, 581.
  • Mes de junio. Modelos: 570, 580.
  • Segundo trimestre. Modelos: 521, 522, 547.
  • Segundo trimestre. Actividades V1, V2, V7, F1, F2. Modelo: 553.
  • Segundo trimestre. Solicitudes de devolución. Modelos: 506, 507, 508, 524, 572.

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados. Modelo: 510.

Impuesto especial sobre la electricidad

  • Mes de junio. Grandes empresas. Modelo: 560.
  • Segundo trimestre. Excepto grandes empresas. Modelo: 560.

Impuestos Medioambientales

  • Segundo trimestre. Pago fraccionado. Modelo: 585.

Impuesto especial sobre el carbón

  • Segundo trimestre. Modelo: 595

Hasta el 25 de Julio. Empresas con periodicidad mensual

Autoliquidaciones con domiciliación bancaria

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Mes de junio. Modelos: 303, 353.

Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)

  • Declaración anual 2018. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural. Modelos: 200, 206, 220 y 221.
    Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Hasta el 30 de Julio.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Empresas con periodicidad mensual

  • Mes de junio. Modelos: 303, 322, 353.

Depósito de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil

El plazo para depositar las cuentas en el Registro Mercantil se calcula, de fecha a fecha, dentro del mes siguiente a su aprobación por la Junta General.

Hasta el 31 de Julio.

Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos

  • Segundo trimestre: Modelo 179.

Noticias relacionadas

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.