Calendario del Contribuyente. Julio de 2019.

Jul 3, 2019Calendario, I.R.P.F. Renta, I.V.A., Notas Informativas

calendario

Nº 17 / Julio 2019

Hasta el 1 de julio. Empresas con periodicidad mensual

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  • Año 2018. Modelo: D-100.

Impuesto sobre el Patrimonio

  • Año 2018. Modelo: D-714.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Mes de mayo. Modelos: 303, 322 y 353.

Hasta el 12 de Julio

  • Intrastat. Declaración del mes de junio.

Hasta el 17 de Julio

Autoliquidaciones con domiciliación bancaria

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Mes de junio. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230, 430.
  • Segundo trimestre. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216.
  • Pagos fraccionados Renta:
    Segundo trimestre. Estimación directa. Modelo 130.
    Segundo trimestre. Estimación objetiva. Modelo 131.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Segundo trimestre. Modelo: 303.

Hasta el 20 de Julio (siendo sábado, no pasa al lunes)

Autoliquidaciones con domiciliación bancaria

Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)

  • Declaración anual 2018. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural. Modelos: 200, 206, 220 y 221.
    Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Hasta el 22 de Julio. Empresas con periodicidad mensual

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Mes de junio. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.
  • Segundo trimestre. Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216.
  • Pagos fraccionados Renta:
    Segundo trimestre. Estimación directa. Modelo 130.
    Segundo trimestre. Estimación objetiva. Modelo 131.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Mes de junio. Modelos: 349, 380.
  • Segundo trimestre. Modelos: 303, 309, 349, 368, 380.
  • Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Modelo: 308.
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Modelo: 341.

Impuesto sobre las Primas de Seguros

  • Mes de junio. Modelo: 430.

Impuestos Especiales de Fabricación

  • Mes de abril. Grandes empresas. Modelos: 553, 554, 555, 556, 557, 558.
  • Mes de abril. Grandes empresas. Modelos: 561, 562, 563.
  • Mes de junio. Modelos: 548, 566, 581.
  • Mes de junio. Modelos: 570, 580.
  • Segundo trimestre. Modelos: 521, 522, 547.
  • Segundo trimestre. Actividades V1, V2, V7, F1, F2. Modelo: 553.
  • Segundo trimestre. Solicitudes de devolución. Modelos: 506, 507, 508, 524, 572.

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados. Modelo: 510.

Impuesto especial sobre la electricidad

  • Mes de junio. Grandes empresas. Modelo: 560.
  • Segundo trimestre. Excepto grandes empresas. Modelo: 560.

Impuestos Medioambientales

  • Segundo trimestre. Pago fraccionado. Modelo: 585.

Impuesto especial sobre el carbón

  • Segundo trimestre. Modelo: 595

Hasta el 25 de Julio. Empresas con periodicidad mensual

Autoliquidaciones con domiciliación bancaria

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Mes de junio. Modelos: 303, 353.

Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)

  • Declaración anual 2018. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural. Modelos: 200, 206, 220 y 221.
    Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Hasta el 30 de Julio.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Empresas con periodicidad mensual

  • Mes de junio. Modelos: 303, 322, 353.

Depósito de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil

El plazo para depositar las cuentas en el Registro Mercantil se calcula, de fecha a fecha, dentro del mes siguiente a su aprobación por la Junta General.

Hasta el 31 de Julio.

Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos

  • Segundo trimestre: Modelo 179.

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