Núm. 1/2021
NOVEDADES CONTABLES
Nacionales
- Real Decreto 1162/2020, de 22 de diciembre, por el que se establecen condiciones especiales de aplicación del régimen de compensación de avales regulado en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas, para hacer frente al impacto de la COVID-19
Cálculo de la cuantía de los avales a depositar por los miembros de las juntas directivas de clubes profesionales, con arreglo a lo previsto en el supuesto 3 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas, no se considerarán resultados económicos negativos, en los ejercicios afectados por la COVID-19, las variaciones negativas del patrimonio neto contable de los clubes profesionales directamente vinculadas al impacto económico de la COVID-19.
Boletín Oficial del Estado. «BOE» núm. 334, de 23 de diciembre de 2020.
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- Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes
Metodología del cálculo de la cuantía compensatoria en los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia estatal.
Metodología de cálculo del anticipo de la compensación de los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia estatal.
Boletín Oficial del Estado «BOE» núm. 334, de 23 de diciembre de 2020.
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- Resolución de 12 de diciembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Acuerdo de contribución de la Unión Europea, para financiar la ejecución de la acción: EUROCLIMA+
El presente Acuerdo tiene por objeto proporcionar una contribución económica para financiar la ejecución de la acción EUROCLIMA+, descrita en el Anexo I («la acción»). El presente Acuerdo establece las normas para su ejecución y para el pago de la contribución de la UE, y define las relaciones entre la Organización y el Órgano de Contratación.
La acción está financiada en su totalidad por la contribución de la UE.
A la hora de realizar las actividades, la Organización deberá:
a) aplicar sus propios procedimientos de contabilidad, control interno y auditoría que hayan sido evaluados favorablemente en la evaluación por pilares ex ante. En caso de que la evaluación por pilares ex ante haya suscitado algunas reservas, la Organización deberá ajustarse a las medidas ad hoc establecidas en la cláusula 7.
b) aplicar sus propios procedimientos de contratación y sus propias normas para la adjudicación de subvenciones, tal y como se detalla en la evaluación por pilares ex ante.
Boletín Oficial del Estado «BOE» núm. 336, de 25 de diciembre de 2020.
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- Deducibilidad de pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de las posibles insolvencias de deudores en empresas de reducida dimensión en los períodos impositivos que se inicien en 2020 y 2021
Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que cumplan las condiciones del artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en los períodos impositivos que se inicien en el año 2020 y en el año 2021 podrán deducir, en dichos períodos, las pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de las posibles insolvencias de deudores cuando en el momento del devengo del Impuesto el plazo que haya transcurrido desde el vencimiento de la obligación a que se refiere la letra a) del apartado 1 del artículo 13 de dicha Ley sea de tres meses.
Se modifica la antigüedad exigida para deducir las pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de las posibles insolvencias de deudores de forma que los seis meses que se exige que hayan transcurrido entre el vencimiento de la obligación y el devengo del Impuesto se reducen a tres meses para las empresas de reducida dimensión.
(Artículo 14 del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre)
- Aplazamiento de deudas tributarias
En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, a los efectos de los aplazamientos a los que se refiere el artículo 65 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021, ambos inclusive, siempre que las solicitudes presentadas hasta esa fecha reúnan los requisitos a los que se refiere el artículo 82.2.a) de la citada ley.
Este aplazamiento será aplicable también a las deudas tributarias a las que hacen referencia las letras b), f) y g) del artículo 65.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea una persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2020.
Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:
a) El plazo será de seis meses.
b) No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.
(Artículo 8 del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre)
Internacionales
- IFRS. IASB. Update diciembre 2020
Algunos de los temas tratados fueron:
Mantenimiento y aplicación coherente (Documento 12 de la agenda)
Segunda revisión integral de la Norma NIIF para las PYMES (Documento 30 de la agenda)
Iniciativa de divulgación: políticas contables (Documento 20 de la agenda)
Estados financieros primarios (Documento 21 de la agenda)
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- EFRAG. Update diciembre 2020
Síntesis de los debates técnicos y de las decisiones adoptadas durante el mes de diciembre.
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- AIC – Asociación Interamericana de Contabilidad
El Boletín de diciembre de 2020 tiene, entre otros, los siguientes temas:
- NIIFF 9. Consecuencias no anticipadas de modificación de deudas.
- El análisis financiero – La estrategia empresarial en tiempos de la pandemia Covid-19.
- La norma internacional de control de calidad 1 y las NIA relevantes en el contexto Covid-19.
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EL RINCÓN DEL CONTABLE
- Calendario del Contribuyente para el año 2021
Recordatorio del cumplimiento de las principales obligaciones tributarias para 2021.
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Barcelona, 8 de enero de 2021.