Newsletter de novedades contables en colaboración con ACCID, número 12/2021

Jun 29, 2021Colaboraciones, Notas Informativas

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Núm. 12/2021

 

NOVEDADES CONTABLES

Nacionales

Fondos carentes de personalidad jurídica. Contabilidad

Resolución de 2 de junio de 2021, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 12 de septiembre de 2013, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para los fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria.

«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2021.

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Internacionales

IDAC. Factores clave a considerar en el diseño de modelos de compensación para socios

Algunos factores sugeridos:

. Evite un enfoque de talla única.

. Establecer el establecimiento de metas y un sistema de evaluación del desempeño.

. Fomentar la innovación.

. Las contribuciones intangibles no deben ignorarse.

. Considere la posibilidad de rotar los roles de los socios.

. Los socios deben ayudar a forjar una visión.

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RESOLUCIONES VINCULANTES DE INTERÉS

Plan de Incentivos global para todos los empleados del grupo.

1. Se pregunta por la imputación temporal del incentivo, si las contribuciones anuales de la consultante a la fundación determinan un rendimiento tributable para el empleado, y si dichas contribuciones anuales suponen o no el nacimiento de la obligación de retener para la consultante.

2. Si las retribuciones al personal derivadas del Plan de incentivos tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades de la consultante, como consecuencia de los compromisos satisfechos a la fundación sueca y, en su caso, a qué período impositivo debería imputarse dicho gasto.

En el supuesto de que el gasto no tuviese la consideración de fiscalmente deducible en el momento de la concesión del derecho al empleado a participar en el plan, se solicita aclaración sobre lo siguiente:

-En el supuesto de que el empleado solicitase la liquidación del Plan, una vez cumplidos los requisitos en el mismo, y el incentivo se percibiera mediante cinco pagos anuales, si la deducibilidad del gasto registrado inicialmente por la entidad consultante tendría lugar en el momento en el que el empleado solicitase la liquidación del Plan o, proporcionalmente, en cada uno de los períodos impositivos en los que el empleado obtuviera la correspondiente liquidación.

-Tratamiento fiscal a efectos del Impuesto sobre Sociedades derivado de los pagos realizados a la fundación sueca que no sean ejercitados finalmente por los empleados por alguna de las causas de extinción anteriormente expuestas (despido procedente, no reclamación del mismo…)

Resolución Vinculante V0789-21.

 

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Barcelona,  26 de junio de 2021.

 

 

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