Newsletter de novedades contables en colaboración con ACCID. Nº20/2018.

Nov 2, 2018Colaboraciones, Notas Informativas

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Nº 20/2018

NOVEDADES FISCALES

Nacionales

 

  • ¿Se puede aplicar la regla de Inversión de Sujeto Pasivo en la compra de una maquinaria suscrita mediante un contrato de arrendamiento financiero?

     

    El arrendamiento financiero, cuando no exista compromiso de ejecución de la opción de compra en cuestión, debe ser calificada a efectos del impuesto como una prestación de servicios. Si existe tal compromiso se calificará como una entrega de bienes. En consecuencia, no constituyen ejecuciones de obra, por lo que no será de aplicación la regla de inversión del sujeto pasivo.

    Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V2067-18. +Info

     

  • ¿Se consideran subvenciones vinculadas al precio aquellas subvenciones que reciben, algunas fundaciones, de las Comunidades Autónomas anualmente?

     

    A falta de otros elementos de prueba, en aquellos gastos que financien las operaciones que efectúa la consultante, como pueden ser la organización de jornadas, conferencias y seminarios y que cumplan los requisitos indicados en esta consulta para considerar la subvención como vinculada al precio, deberá formar parte de la base imponible de las operaciones efectuadas por la consultante a favor de terceros.

    Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V2072-18. +Info

     

  • ¿Se puede aplicar la regla de Inversión de Sujeto Pasivo cuando se transmite un solar donde la transmitente se obliga a extinguir la deuda hipotecaria garantizada con el solar con parte del precio pagado por el adquirente?

     

    La aplicación del supuesto de inversión del sujeto pasivo de la letra e) del artículo 84.Uno.2º requiere que el inmueble que es objeto de transmisión esté afectado por un derecho real de garantía así como que el adquirente sea empresario o profesional a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, entre otras condiciones. Concurriendo estos requisitos, el sujeto pasivo de la entrega del solar sujeta y no exenta a que se refiere la consulta lo será el empresario o profesional adquirente.

    Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V2270-18. +Info

     

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